En ocasiones, tenemos la oportunidad de compara un inmueble que queremos rentar para obtener un ingreso adicional, o realmente lo queremos para que sea nuestra fuente de ingreso, pero ¿que debemos cuidar al realizar este tipo de actividad?
¿DEBO RENTAR REALMENTE MI PROPIEDAD?, ¿PUEDO HACERLO SOLAMENTE ASI?
Cuando se va a rentar una propiedad tienen que tomarse en cuenta varios puntos:
- Mi propiedad esta ubicada en una zona turística, zona habitacional, zona industrial, o comercial
- En el caso de que la propiedad este ubicada en una zona turística por lo regular este tipo de rentas no pasan de un mes. Son rentas esporádicas por lo que debo considerar tener:
- Una televisión
- Camas para dormir
- Sala
- Comedor
- Cocina
- Baño
- Internet
- Una Cafetera
- Un refrigerador
- Una lavadora
- Una licuadora
- Un horno de microondas
- Una chapa automática que permita el acceso al inmueble o en su caso una persona que le abra
- Servicio de limpieza
- Recomendable un seguro de accidentes, esto es de suma importancia para deslindarse de responsabilidades ante cualquier accidente que pueda ocurrir
- Para el caso de una renta para uso habitacional solo es indispensable tener la propiedad, es decir, el inquilino deberá amueblarla y comprar lo que el necesite.
- En este caso de renta de inmueble es sumamente importante, solicitar un deposito de un mes en garantía y un mes de renta por adelantado por aquello de las temporadas de vacas flacas, o temporada malas del inquilino.
- Los contratos son de suma importancia, y deben ser realizados bajo la supervisión de un abogado.
Es de suma importancia considerar que para rentar cualquier inmueble es necesario estar dado de alta Hacienda como arrendatario y declarar todas las rentas que se han hecho durante el mes, y otorgar factura de todas las rentas que se realizan y pagar un impuesto del 35% sobre la utilidad recibida
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